ECONOMíA › UN NUEVO FALLO DE CáMARA RECHAZó UNA ACCIóN CAUTELAR PARA EL REAJUSTE DE HABERES

Los jubilados que perdieron la cautela

La Sala I de la Cámara de la Seguridad Social se negó a conceder una medida cautelar a un jubilado que reclama la actualización de sus ingresos. Fue en línea opuesta a un fallo anterior de la Sala II, que podía desatar una ola de demandas.

 Por David Cufré

La Justicia acaba de dictar un fallo que causará desaliento en miles de jubilados que aspiraban a conseguir una actualización rápida de sus haberes mediante la presentación de una medida cautelar. La Sala I de la Cámara de la Seguridad Social rechazó el último viernes el pedido de un jubilado –José María Diaco– que pretendía lograr el reajuste de sus ingresos con una acción de ese tipo. El tribunal se pronunció en contra de esa posibilidad al entender que la medida precautoria coincidía con el fondo del reclamo: el aumento de la jubilación en línea con los fallos Badaro y Sánchez de la Corte Suprema. Esta resolución va en sentido opuesto a otra que había dictado la Sala II de la misma Cámara a mediados de octubre, la cual sí aceptaba el recurso de la medida cautelar para el recálculo del haber. Ese fallo provocó un gran revuelo en el ámbito previsional por la posibilidad de que desatara una avalancha de demandas, al punto de que la Anses estaba preparando su apelación ante la Corte Suprema.

El fallo de la Sala II había favorecido a Néstor Fernando Capa, mientras que el nuevo dictamen, de la Sala I, descartó el planteo de Diaco. Ambos son jubilados que ganaban más de 1000 pesos en el año 2002. Lo que pidieron es el reajuste de sus ingresos siguiendo la doctrina Badaro de la Corte Suprema, que estableció que entre enero de ese año y diciembre de 2006 correspondía un aumento del 88,6 por ciento –por el índice de salarios de los trabajadores activos–, en lugar de la suba de 22,1 por ciento que concedió el Gobierno. Se estima que hay un millón de personas en una situación similar a la de Badaro, que podrían llegar a hacer juicio para mejorar el monto de su jubilación. Sin embargo, muchos se ven desalentados por las trabas que surgen en Tribunales, de por sí atestados de causas de ese tipo –hay 160 mil en trámite–. La Justicia está tardando entre cinco y seis años en resolver esos expedientes.

Capa encontró un atajo a esa demora. Presentó una medida cautelar para empezar a cobrar el reajuste de su jubilación antes de que se resuelva la cuestión de fondo, que en los hechos es la misma: la actualización del haber. Argumentó que no podía aceptar los tiempos procesales normales porque existía “la posibilidad de no hallarse con vida” cuando la Justicia se expidiera. Capa tiene 74 años.

La Sala II de la Cámara de la Seguridad Social le dio la razón. En un fallo dividido, los jueces Luis Herrero y Emilio Fernández concedieron la medida cautelar y ordenaron a la Anses actualizar la jubilación de Capa en el término de treinta días. Los camaristas consideraron que “de nada sirve el ajuste de un haber previsional cuando ya no exista quien habrá de recibirlo”.

Ese antecedente movilizó a muchos jubilados que están en igual posición que Capa. Según pudo saber Página/12, la Anses está preparando un recurso extraordinario ante la Corte Suprema para apelar aquella decisión de la Sala II. Pero la novedad que se conoció ayer cambia bastante el panorama. La Sala I rechazó la presentación de Diaco, de 73 años, quien pidió una medida cautelar amparándose en el antecedente de Capa. Este tribunal lo consideró “improcedente” porque “el dictado de una medida cautelar puede resultar un anticipo del fallo formal de la causa”. La resolución fue por unanimidad, con las firmas de Lilia Maffei de Borghi, Bernabé Chirino y Victoria Pérez Tognola. “Como principio, no cabe admitir una medida cautelar que se confunda con el objeto final” del juicio en trámite “o que importe la satisfacción sustancial de aquél”, escribieron. También señalaron que no se advierte una situación de urgencia.

Guillermo Jáuregui, especialista en temas previsionales, advirtió que este fallo “demuestra que no todos los jueces de la Cámara están dispuestos a conceder medidas cautelares durante el juicio de reajuste para que se anticipe alguna suma” a los demandantes. La Cámara de la Seguridad Social tiene tres salas. Hasta ahora hubo un fallo a favor y otro en contra de conceder la medida cautelar. La Sala III todavía no se pronunció, pero también se inclinaría por rechazar el planteo, lo cual desalentaría aún más las presentaciones de ese tipo.

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Se estima que hay un millón de jubilados en condiciones de hacer juicio.
Imagen: Leandro Teysseire
 
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