SOCIEDAD › OPINION

El orden privado

 Por Horacio Colman Lerner *

Los clubes de campo, “countries” y los barrios cerrados son complejos inmobiliarios conformados por parcelas independientes que se vinculan jurídicamente con inmuebles destinados a esparcimiento, deportes, vida social y cultural, para constituir un emprendimiento único e inescindible.

Estas urbanizaciones no son clubes sociales, deportivos y culturales ni conforman asociaciones civiles ni sociedades.

En los clubes, entidades civiles sin fines de lucro, los socios participan para desarrollar actividades esencialmente deportivas y sociales. Son varios los que se incorporan como clubes de fútbol. En esas entidades civiles está previsto en sus estatutos la sanción disciplinaria al socio que incurra en falta conforme los reglamentos que tenga cada club. En caso de falta muy grave puede existir la sanción de expulsión. Pero en estos agrupamientos societarios no está en juego la propiedad de inmuebles.

Sin embargo, muy equivocadamente, la Federación de Clubes de Campo piensa que los participantes de los complejos inmobiliarios pueden ser suspendidos y hasta ser declarados cesantes por faltas cometidas dentro del emprendimiento y esto sin tener en cuenta que se trata de propietarios de parcelas y con derechos inescindibles sobre las áreas recreativas–deportivas comunes. Sugieren conformar y organizar estas urbanizaciones con “consejos de disciplina”, “tribunales integrados por los vecinos”, “vecinos que actúan como fiscales” y que “proceden a la apertura de sumarios”, etc.

Se trata de una “Justicia privada” porque, aunque los sancionados pueden apelar a la asamblea del country y finalmente a la “Justicia oficial”, deben sufrir el tiempo del juzgamiento privado por sus vecinos que no juraron por la Constitución Nacional. La Federación viene insistiendo en la legislación de reglamentos que regulan un “poder disciplinario vecinal” y desde hace once años ha introducido con la intervención de distintos senadores y diputados nacionales un proyecto de “propiedad residencial” sin resultado positivo y que en este momento se está tratando en la Comisión de Legislación General del Senado Nacional. Opino que debe imperar el ordenamiento jurídico que determina un solo Poder Judicial para todos los habitantes.

* Escribano, especialista en countries.

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