Viernes, 4 de junio de 2010 | Hoy
SOCIEDAD › UN FALLO DE CAMARA PROHIBIO A LA BONAERENSE DETENER ADOLESCENTES
Por Horacio Cecchi
Un fallo de la Sala I de la Cámara de Apelaciones anuló uno de los instrumentos predilectos de la Bonaerense para detener a adolescentes menores de 18 años en comisaría por situaciones no delictivas, como averiguación de antecedentes, por simples contravenciones, por averiguación de paradero o por la más conocida en la jerga policial como “entrega menor”. El recorrido del caso hasta llegar al fallo –que todavía puede ser apelado a la Suprema Corte provincial por el ministro bonaerense de Seguridad y Justicia, Ricardo Casal, embanderado del instrumento policial– tuvo y probablemente tenga vericuetos curiosos: en dos oportunidades, la Corte ordenó a la Cámara revisar el fallo que sustentaba la detención. La tercera fue la vencida. Como muestras de las reticencias de la Justicia para desarmar las herramientas de la policía no contempladas en ninguna Constitución, baste decir que la tercera parte de los magistrados que componen la Cámara de Apelaciones y Garantías platense desfiló por la causa resolviendo sin resolver. En términos mundialistas, pateándose la pelota.
El expediente surgió cuando el defensor 16 del fuero de Responsabilidad Juvenil de La Plata, Julián Axat, pidió a todas las comisarías platenses que informaran sobre aprehensiones de menores. Y pudo comprobar que se realizaban detenciones aplicando figuras que carecen de sustento legal, como la conocida por “entrega menor”, que consiste en detener a un menor en la calle solo por estar en la calle, y después de entrarlo a la comisaría lo entregan a sus padres. La detención, en los libros de la bitácora policial, sin ser delito queda registrada como una mancha y, como se sabe, cuantas más manchas más salvaje pinta el leopardo. Luego, la policía susurra a la prensa que el peligroso menor tiene 60 entradas aunque no lo susurra a los jueces porque no existen como detenciones. Axat verificó una enorme cantidad por no decir la mayoría de casos como detenciones-mancha-susurro.
Y presentó un hábeas corpus colectivo ante el juez en lo Contencioso Administrativo 1 de La Plata, Luis Arias, quien en octubre de 2008 le dio la razón y prohibió el mecanismo policial. A esa fecha, el entonces ministro de Seguridad Carlos Stornelli apeló la medida, y la Cámara de Apelaciones revocó el fallo de Arias, con el argumento de que no correspondía presentar un hábeas corpus colectivo y dio nuevo impulso a las detenciones “entrega menor” y otras.
Axat, que sostiene que la policía debe dar inmediata participación al Poder Judicial, llevó el caso a la Corte provincial, que respondió que el hábeas corpus colectivo es un instrumento válido y ordenó a la Cámara revisar su fallo. La Cámara no pareció interesada en firmar contra la Bonaerense y revisó su fallo, pero nuevamente revocó el de Arias con un giro de 360 grados, es decir, con otras palabras contestó lo mismo: dijo que no se podía hablar de un caso abstracto.
El defensor Axat apeló una vez más ante la Corte, sobre la supuesta abstracción. Y la Corte ordenó una vez más la revisión a la Cámara, instando a que fuera al punto en cuestión. En su nueva sentencia, la Sala I de la Cámara, por la que rotaron once jueces para tratar el caso, resolvió que sólo es posible detener a un menor en razón de un delito y ordenó a la policía que “se abstenga de iniciar actuaciones contravencionales cuando resulten autores personas menores de 18 años”.
“Las vueltas que dio el fallo –dijo Axat a Página/12– muestran las resistencias de la Justicia para abandonar los resabios de autoritarismo, que permiten casos como el de Walter Bulacio o el de Luciano Arruga.”
Ayer, el panorama de las comisarías bonaerenses quedaba retratado en Ginebra, ante el Comité de Derechos del Niño de la ONU, cuando el Estado nacional argentino debió dar la cara por la Bonaerense y su Justicia.
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