SOCIEDAD › TAMBIEN, LA IDENTIDAD DE GENERO

Otra ley ya publicada

El Poder Ejecutivo promulgó la Ley de Identidad de Género, que le otorga a toda persona el derecho a adecuar su documentación al sexo, imagen y nombre de pila que desee, sin necesidad de recurrir a la Justicia. Además, la norma contempla la realización de intervenciones quirúrgicas y tratamientos hormonales para adecuar su cuerpo a su identidad de género sin necesidad de autorización judicial o administrativa.

Se trata de la norma 26.743, sancionada el pasado 9 de mayo por el Senado y promulgada a través del decreto 773/2012, publicado ayer en el Boletín Oficial.

El texto de la ley indica que “toda persona podrá solicitar la rectificación registral del sexo, y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida”. Para poder llevar adelante esta gestión, se debe ser mayor de 18 años y presentar ante el Registro Nacional de las Personas una solicitud para la rectificación registral de la partida de nacimiento y el nuevo documento nacional de identidad correspondiente, conservándose el número original. En ese trámite, además, la persona deberá expresar el nuevo nombre de pila elegido con el que solicita inscribirse.

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