Sábado, 7 de octubre de 2006 | Hoy
SOCIEDAD › UN JUEZ SUSPENDIO LA LEY ANTITABACO EN UN LOCAL DE CABALLITO
El magistrado aceptó el recurso de amparo presentado por el Bingo Caballito. Ahora, será el único lugar público donde se podrá fumar en la ciudad. El gobierno porteño apela la medida.
“¡Bingo!”, cantó el juez, y no quedó cigarrillo sin prender. El Bingo Caballito se convirtió en el único lugar público de la ciudad de Buenos Aires donde se puede fumar sin freno y sin pausa, por lo menos mientras dure la medida cautelar dictada por un juez, que ordenó al gobierno porteño abstenerse de realizar inspecciones en ese lugar hasta tanto informe al juzgado sobre la reglamentación de la Ley 1799, que se propone librar de humo de tabaco ambiental a los lugares abiertos al público. El gobierno porteño anunció que apelará la decisión. En otro amparo, presentado por un local bailable, se acordó suspender la acción judicial –manteniéndose por lo tanto la prohibición de fumar en ese local– hasta que una comisión que convocará el Ejecutivo comunal se expida sobre las características que deben tener los lugares para fumar en esos locales.
La medida cautelar fue dictada por el juez Juan Vicente Cataldo, a cargo del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1, quien ordenó al gobierno de la ciudad de Buenos Aires que se abstenga “de realizar inspecciones con sustento en la Ley 1799 en el Bingo Caballito SA”, hasta tanto informe si se reglamentó esa norma y comunique si se efectuaron inspecciones en los bingos, casinos y el hipódromo.
El recurso de amparo había sido presentado el miércoles pasado por el Bingo Caballito. Según Rubén Lombardi, apoderado de los cinco bingos porteños, “las otras cuatro salas presentarán medidas similares”.
Una fuente del Ejecutivo comunal anticipó que “la decisión del juez será apelada, ya que nos parece improcedente”, y precisó que “el ministro de Salud, el procurador de la Ciudad y el ministro de Gobierno evaluarán los términos en que se concretará la apelación”. Aclaró que “mientras tanto, por supuesto, la medida será respetada y se le entregará al juez toda la información que solicite”. La medida cautelar tiene carácter precautorio, ante la posibilidad de que se estuviera violando un derecho, y no implica un pronunciamiento del juez sobre la cuestión de fondo.
En otro recurso de amparo, presentado por el local bailable Cloe, el juez Roberto Gallardo dictó la prórroga de las actuaciones hasta el 17 de octubre, a partir de un acuerdo alcanzado ayer entre las partes: “En ese lapso, el gobierno de la Ciudad instrumentará un mecanismo para darle a Cloe precisiones sobre cómo tiene que ser su salón para fumadores”, explicó la fuente del Ejecutivo porteño. El amparo presentado por los responsables del establecimiento aducía que no contaban con normas claras para disponer un lugar habilitado para fumar.
La fuente del gobierno de la Ciudad señaló que “varios dueños de locales bailables efectuaron consultas porque la ley 1799, reglamentada por el decreto 1501, sólo especifica el porcentaje de la superficie útil que deberán tener los espacios para fumadores en el caso de los bares y restaurantes, donde no puede exceder el 30 por ciento del área total. La normativa no da precisiones para el caso de shoppings, locales de baile y otros establecimientos. Esta cuestión será examinada en los próximos días en el marco de la comisión interdisciplinaria que la propia ley crea y que la semana que viene empezará a reunirse. Cada rubro tiene una estructura física diferente, de modo que no se puede establecer una normativa general”.
De todos modos, Agustín Zbar, procurador General de la Ciudad de Buenos Aires, advirtió que “estos planteos judiciales, que aducen cuestiones como la falta de precisión en las características de los lugares para no fumar, lo que en rigor se proponen es no cumplir la ley: la 1799 fue aprobada hace ya un año y en este tiempo nadie hizo una presentación preguntando cómo disponer los lugares para no fumar”.
Desde el domingo pasado, cuando entró en vigencia la ley, se efectuaron 1223 inspecciones en todo tipo de establecimientos, en las que se labraron 221 actas, generalmente por falta de señalización y de libro de quejas. “Los casos de personas que fumaban eran poquísimos e irrelevantes”, dijo la fuente. En cuanto a los bingos, “efectuamos inspecciones en los de Flores y Lavalle: estaba todo en regla, la señalización era adecuada y nadie fumaba”.
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