Viernes, 23 de agosto de 2013 | Hoy
18:33 › MEMORIA, VERDAD Y JUSTICIA
El Tribunal confirmó el procesamiento del dueño del Ingenio Ledesma, de Jujuy, y de Alberto Enrique Lemos, gerente administrativo de la empresa, por haber privado ilegítimamente de la libertad al médico y exintendente de Libertador General San Martín, Luis Ramón Aredez, a Omar Claudio Gainza y a Carlos Alberto Melián, en calidad de cómplices primario y secundario, respectivamente.
La Cámara confirmó además la resolución del juez instructor que fijó embargos por un millón de pesos a Carlos Pedro Blaquier y 500 mil pesos a Lemos. El fallo reconoció la colaboración de los imputados para llevar adelante las detenciones, al señalar que las fuerzas de represión que "operaron aquella madrugada (del 24 de marzo de 1976) y días posteriores, contaron con la autorización dada, prima facie, para el uso de vehículos de la empresa".
La resolución estableció que "tal asentimiento fue prestado por el Presidente del Directorio (Blaquier) y ejecutada por su Administrador General (Lemos), ya que tratándose de una empresa de la envergadura y grado de organización que poseía Ledesma, era imposible disponer de sus vehículos y apoyo logístico, sin instrucciones o aquiescencia del Presidente del Directorio".
"En suma, dado por sentado (con el grado de probabilidad exigido para esta etapa procesal) que existió tal colaboración consentida de parte de la empresa, nada desmiente la imputación que se formula en cuanto que los vehículos fueron entregados voluntariamente y más aún, al no existir registros de dicha circunstancia y al haberse efectuado los operativos en horas de la madrugada del día en que se produjo el golpe de Estado, cabe deducir que había conocimiento de la ilegalidad del operativo", añadió la Cámara.
El fallo confirmó también el aporte de la Empresa Ledesma no sólo la noche en que se verificaron las detenciones ilegales, el 24 de marzo de 1976 y la privación de la libertad en días subsiguientes, como en el caso de Melián. Señaló asimismo que tal colaboración se prestaba desde la creación de la unidad de Gendarmería con asiento en Ledesma. La Cámara consideró acreditada la actividad política y sindical de las víctimas, y en particular la de Aredez, quien como intendente había obligado a la empresa Ledesma a pagar impuestos al municipio, de lo que hasta entonces se encontraba eximida. La Cámara sostuvo que la actividad política de las victimas generó enfrentamientos con la empresa, los que quedaron acreditados por publicaciones de la época.
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