EL MUNDO

Deportar no es un deporte

 Por Mario Wainfeld

El secretario de Seguridad, Sergio Berni, pidió deportaciones expeditivas para los extranjeros que vienen a la Argentina “sólo para delinquir”. Lo hizo en declaraciones radiales, que luego enriqueció o matizó ante otros medios. Es imposible contar con todas, también es difícil detallar los relativos vaivenes de su discurso, en especial cuando debate y grita. Berni es un funcionario nacional que se presta a la discusión cara a cara, lo que no es tan usual y debe ser bienvenido. Su estilo, despectivo y dado a la interrupción constante, deteriora algo el avance.

Pero volvamos al tema central, que levantó mucha repercusión. Es un tema que facilita la simplificación, así lo presentaron varios medios y comunicadores. Hubo incluso consultas de sitios on line (que no son encuestas, por carecer de básicos requisitos técnicos) preguntando a secas si se debe deportar a los delincuentes extranjeros. El “sí” en medios de derecha congregó multitudes.

Los ministros Ricardo Casal (sciolista) y Guillermo Montenegro (macrista), dos cuadros de la derecha nativa, bancaron la moción que tratamos. Es una pista sobre su sesgo ideológico. Dime con quién andas...

Como ya se dirá, la Ley de Migraciones 25.871 admite casos de retiro de los permisos de residencia y la salida del país de ciudadanos extranjeros con condena firme. Hasta ahí no habría ninguna novedad ni problema. Aparecen cuando Berni y sus aliados procuran igualar condena firme con detención policial, con “entradas”, con procesamiento y aún con encarcelamiento. Es sabido y remanido que para nuestro derecho sólo es culpable quien fue sancionado por el Poder Judicial.

Lo que Berni pidió, en el primer caso concreto, es una expulsión express basada en la primera información pasada por las fuerzas de seguridad. La mirada de águila de los uniformados, empero, no equivale a un debido proceso legal. Los que a veces tienen el gatillo fácil son (con más ligereza y amplitud) proclives al arresto fácil, a la discriminación, a la condena inapelable de volea. Ese es el punto en cuestión, que no se puede admitir.

Por cierto, son atendibles los pedidos de celeridad a los tribunales, a condición de no arrogarse sus facultades o delegarlas en las fuerzas de seguridad.

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La Ley 25.871 fue dictada en 2004 y reglamentada en 2010, es de pura hechura kirchnerista. Su eje vertebral es la migración concebida como derecho humano. Es una norma de calidad, humanista, coherente con la mejor tradición nacional, expresada incipientemente en el Preámbulo de la Constitución nacional. Ni qué decir que el tránsito cotidiano y la acogida a gentes de a pie provenientes de países limítrofes o cercanos entronca con el mensaje político-regional de la década. La lógica de la Unasur y la integración, tan a menudo ensalzada por los presidentes Néstor Kirchner y Cristina Fernández de Kirchner.

La ley es tan coherente cuan superadora.

Eso no obsta a que se prevean supuestos de cancelación de la residencia. Se habilitan procedimientos de expulsión contra quienes: “a) hayan obtenido documentación de modo fraudulento, b) hayan sido condenados a prisión por más de 5 años por delitos dolosos o que sean reincidentes, c) hayan residido fuera de la Argentina por más de dos años, sujeto a excepciones, d) se hayan desnaturalizado las razones que motivaron la concesión de residencia permanente, temporaria o transitoria, o cuando la instalación en el país hubiera sido subvencionada por el Estado argentino y no se cumplieran las condiciones establecidas para la subvención, e) hayan participado en genocidio, crímenes de guerra, terrorismo, crímenes contra la humanidad o actos similares, o que pertenezcan a organizaciones que puedan ser juzgadas por el tribunal penal internacional o por tribunales locales” (artículo 62).

La ley prevé que se ejecutará la expulsión del territorio nacional a los extranjeros que hayan recibido penas privativas de la libertad cuando hayan cumplido la mitad de la condena. Se extingue el resto de la pena. Regresan a su país de origen, sin permitirse su retorno.

El régimen está pensado en aras de resocialización y reinserción, objetivos primordiales de las condenas, que raramente se toman en cuenta en el cruel territorio de los hechos.

Para todos los trámites, las personas que ingresan a la Argentina tienen derecho al debido proceso ante los tribunales, a defensa profesional y a asistencia de las autoridades públicas si no están en condiciones de solventarla.

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Berni se quejó de que pocos extranjeros son procesados o condenados. El porcentaje de extranjeros alojados en cárceles es tan sólo de un 6 por ciento sobre la población total. Eso desbarata la perversa idea de que la política migratoria pueda ser una herramienta de control del delito, que era política oficial en los ’90. Vale la pena evocarla remitiendo a una nota de esa etapa firmada por nuestro compañero Eduardo Videla, desdichadamente fallecido días atrás: http://www.pagina12.com.ar/1999/99-01/99-01-21/pag03.htm

El porcentaje de condenas a quienes no son argentinos nativos, vis a vis con su total, supera en algo al de los nacionales.

El punto es estudiado a fondo en el libro El impacto de las migraciones en Argentina, presentado por la Oficina Regional para América del Sur de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM). Se elaboró a pedido de autoridades argentinas. Sobre este aspecto, informa y concluye: “comparativamente, los extranjeros son más frecuentemente condenados que los argentinos (...). Esta diferencia en la cantidad de personas condenadas no debe ser interpretada como un indicador de mayor criminalidad atribuida al contingente extranjero. Antes bien, debe ser considerada la hipótesis de cristalización de prácticas policiales y judiciales discriminatorias hacia los migrantes”.

La referencia al libro se agradece a Natalia Belmont, abogada especializada en la materia y referente del Movimiento 17 de Agosto, quien redondea: “Los dichos de Berni reflejan que no sólo las agencias del sistema penal no son ajenas a la xenofobia existente en la sociedad sino que además sus operadores las trasladan a sus prácticas concretas”.

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Berni afirma que no es chauvinista ni discriminador. Claro que lo que define las conductas no es cómo las rotula su emisor. Sus propuestas, en trazos gruesos, buscan agitar a sectores de opinión pública manoduristas. Esas tendencias se excitan en momentos de dificultades económicas, recesión, merma en la creación de empleo. Las réplicas antisociales o regresivas distan de ser un fenómeno doméstico. Lampedusa, Ceuta, Melilla, las fronteras entre Estados Unidos y México, los resultados de las elecciones de la Unión Europea dan señales de época. Son preocupantes, deben suscitar rechazo, no imitación. Tampoco declaraciones imprudentes (sí que meditadas con fines proselitistas) que agiten los peores reflejos de sectores de la población.

La Argentina es un país hospitalario, los derechos de quienes migran son amplios medidos en términos internacionales. Enhorabuena y que sea por mucho tiempo. Para quienes delinquen están los tribunales y hay sanciones previstas si son condenados en procesos con todas las garantías.

Sobran cuestiones para mejorar en el servicio de Justicia, en su presteza. También mucho por revisar en la conducta de policías nacionales, provinciales o Gendarmería en su relación con el delito, temas ajenos al interés oratorio de Berni. Esos objetivos, todos, son acuciantes y necesarios.

Volver atrás con una ley pionera en materia de derechos humanos es, desde ya, una cuestión opinable. Hacerlo en contradicción con los mejores rumbos impuestos por el kirchnerismo es tan controvertible como lícito. Claro que si lo hace un funcionario nacional, eso amerita réplicas del “palo propio”. Por ahí, las exige.

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