EL PAíS
Quiénes son los jueces que ordenaron el desalojo
A principios de febrero, el juez Enrique Velázquez le había dado la razón a los trabajadores que recuperaron la textil Brukman. La alegría duró poco, su reemplazante y la Cámara ordenaron el desalojo.
Por Adriana Meyer
¿Por qué pasó lo que pasó en Brukman? ¿Por qué pasó a una semana de las elecciones? Parte de la respuesta puede encontrarse en el expediente judicial y en los pasillos de Tribunales. A fines de febrero, las obreras y obreros que tomaron y autogestionaron la textil de Once recibieron el aval de la Justicia, que determinó que no habían cometido el delito de usurpación ni el de robo, como denunciaban los dueños. También reconoció que les corresponde parte de la ganancia del producto de su propio trabajo, aunque la materia prima no les pertenecía. Y que no correspondía desalojarlos porque su vida estaba por encima de los intereses de propiedad que invocaban los Brukman. Ese inédito fallo favorable a los trabajadores fue emitido por el Juzgado de Instrucción Nº 36, desde el mismo que salió la orden de desalojo del Viernes Santo. ¿Qué ocurrió en el medio? El autor de aquella resolución fue el juez Enrique Velázquez, quien fue trasladado a un juzgado de menores. Lo reemplazó Jorge Rimondi, el mismo magistrado que en 1997 pidió que la policía sumara cinco mil hombres “por el inusitado crecimiento del delito”.
La sala VII de la Cámara del Crimen que ordenó a Rimondi concretar el desalojo tiene prestigio de independiente, aunque también de reaccionaria, y habría actuado por su absoluta convicción sobre la supremacía del derecho de propiedad, sin tener en cuenta las consecuencias que tuvo la medida en medio del clima preelectoral. Y se llevó puesto el fallo de Velázquez, evitando así que sentara jurisprudencia acorde al nuevo fenómeno de empresas gestionadas por trabajadores. “Por supuesto que el Gobierno pagó un costo por reprimirnos, pero resulta más importante desactivar casos como Brukman antes de irse, como le prometió Duhalde a representantes del establishment”, afirmó la abogada Myriam Bregman, del Ceprodh.
Siete fuentes judiciales, entre ellas altos funcionarios, consultados por Página/12, coincidieron en destacar lo respetables y probos que son los jueces de la sala VII Abel Bonorino Pero y José Manuel Piombo. “No son tocables políticamente, no entienden nada de política”, arriesgó un abogado que los conoce. Al momento de ejemplificar, recordaron que esa sala procesó múltiples veces al ex intendente Carlos Grosso. Además, en enero de 2002 revocó el sobreseimiento del ex presidente de Deportivo Español Francisco Ríos Seoane. Quienes los conocen aseguran que “son familia judicial, bien conservadores”. Pero también los definen por su aversión a la gente de bajos recursos, a los extranjeros y al justicialismo, además de por su desempeño como jueces durante la dictadura. Tardaron dos meses en dictar la medida que terminó en la violenta represión del lunes. ¿Por qué hacerlo antes de las elecciones?
En realidad, quien fijó la fecha del desalojo fue el juez Rimondi. La resolución de la Cámara salió el 1º de abril y dos días después el magistrado ordenaba la realización de “tareas de inteligencia en forma encubierta” en Brukman. El 11 de abril le envió un oficio al jefe de la Policía Federal para que se hiciera cargo del operativo, porque “es el funcionario indicado para proceder a la adecuada planificación y ejecución de las operaciones necesarias para el debido cumplimiento de la orden de desalojo, restitución y allanamiento”, según consta en el expediente. El Poder Ejecutivo recién mostró su voluntad de propiciar una negociación pocas horas antes de que las obreras traspasaran las vallas, y tres días después del desalojo. Pero en dos semanas no logró armar una estrategia que impidiera lo que fue evaluado en forma unánime como un saldo negativo. Rimondi fue nombrado por las gestiones del ex jefe de la SIDE Hugo Anzorreguy, con la mayoría que obtuvo despacho durante el menemismo. Lo definen como amigo de la policía. Estuvo a punto de ser camarista por el lobby que ejerció la Federal en su favor. Tras el violento intento de desalojo de noviembre, las trabajadoras fueron demandadas por los Brukman. Pero el juez de instrucción Enrique Velázquez les dictó la falta de mérito. Consideró que hubo una “ocupación pacífica”, y que se trata de un conflicto laboral en el que no se aplica el Código Penal. Según los hermanos Brukman, las costureras también habían cometido “defraudación y hurto” porque cuando pusieron la fábrica en marcha comenzaron a producir y a vender el stock. “Si bien es cierto que dichas ganancias no debieron ser gobernadas por los causantes, no debe pasarse por alto que la transformación de la materia prima, es decir el trabajo realizado en ella, debe ser retribuido, aun sosteniendo la situación irregular en que se enmarcó dicha conducta”, redactó Velázquez. Ese magistrado también rechazó la pretensión de desalojo de los dueños argumentando que “debe primar el resguardo de la integridad física de las personas que se encuentran reclamando (...) por encima de los intereses de propiedad” invocados. Los camaristas le dieron un revés al considerar que “no es válida esa opción de valores”, y que “la confusión generada llevaría al desmoronamiento íntegro de un sistema normativo creado para posibilitar la convivencia social, si no pudiera este sobreponerse a la resistencia ilegítima de quienes se oponen al orden institucional, provocando en la marginalidad nuevas situaciones susceptibles de confrontar ilimitadamente valores de distinto rango”. Según el abogado Pablo Jacoby, “los camaristas no podían hacer otra cosa porque la herramienta que tienen es el derecho penal y acá se plantea un vacío legal frente a estas cuestiones”. Consultado por Página/12, un alto funcionario judicial comentó que, “en esta coyuntura, un fallo como el de Velázquez no tenía esperanzas de quedar en pie”.