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Las leyes que amparan a los aborígenes

El artículo 75, inciso 17, de la Constitución nacional. El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (que en Argentina tienen rango constitucional). Y constituciones provinciales. Son sólo algunas de las legislaciones que reconocen la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, garantizan el respeto a su identidad, derecho a una educación bilingüe e intercultural, aseguran la participación en la gestión referida a los recursos naturales y que reconocen la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan.

El 1º de noviembre de 2006, el Congreso sancionó la ley 26.160, que declara por cuatro años la “emergencia en materia y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas”. La norma suspende los desalojos y compromete al Estado a realizar un relevamiento técnico, jurídico y catastral para otorgar la tenencia definitiva de las tierras ocupadas ancestralmente. “La ley es un piso para el derecho de los pueblos indígenas, pero hay dos cuestiones de aplicabilidad: el Gobierno debiera difundir la ley y capacitar a los jueces para que la apliquen. Eso no se está realizando y perjudica directamente a las comunidades. Por otro lado, el relevamiento catastral está muy atrasado, ya se perdió casi un año. Y ésa es otra gran falla, en este caso personificada en el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)”, explicó el abogado Julio García, especializado en derecho indígena.

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