SOCIEDAD › EL DEBATE SOBRE LA IMPUTABILIDAD O NO DEL AGRESOR DE BELGRANO

La prisión o el neuropsiquiátrico

Los peritos deben determinar si Martín Ríos puede ser imputado penalmente. Aquí, los expertos explican cuándo una persona es responsable o no de un crimen. Y discuten sobre este caso.

O bien una voz imperiosa, alucinada, le ordenó inapelablemente desenfundar su arma y matar, y él sólo existía para obedecer a esa voz. O bien fue un impulso que sintió en sí mismo, al que podría haberse resistido porque él sabía que era un crimen, pero igualmente desenfundó y mató. En el primer caso: inimputable. En el segundo: imputable. La opción así planteada será un aspecto primordial en el juicio al hombre que disparó en la avenida Cabildo. Los expertos aclararon para Página/12 las distintas posibilidades por las cuales una persona puede no ser responsable de su acto más grave. Y una especialista diferenció entre dos variantes de criminal, ambas imputables: el asesino serial, que elige a sus víctimas –prostitutas, niñas, homosexuales–, según el rasgo que procura exorcizar un instante terrible de su propia historia, y “el que ataca directamente al cuerpo social procura desintegrarlo”, para sacar fuera de sí una vivencia extrema de desintegración. El hombre de Cabildo podría pertenecer a esta última categoría.

Blanca Huggelmann, perito psiquiatra en la Asesoría Pericial de San Martín, precisó que “el juez es quien determina si una persona es imputable o no, es decir, si está o no en condiciones de hacerse responsable de sus actos. Se admite la inimputabilidad cuando la persona, en el momento del delito, no tuvo capacidad para comprender la criminalidad del acto y dirigir sus acciones. Esto puede obedecer a un trastorno del orden de la psicosis, pero también a un brote psicótico ocasional; puede responder también a un retraso mental o a una intoxicación por alcohol o drogas”.

En cuanto al hombre que disparó en Cabildo, Alberto Monchablón, vicepresidente de la Asociación Argentina de Psiquiatras, planteó la alternativa en términos de “psicótico, en cuyo caso no sería imputable; o psicópata, y en este caso sí lo sería. El psicópata, en forma impulsiva, quiere producir un daño; él entiende la criminalidad de lo que está haciendo, pero no le importa el código de valores de la sociedad. Un esquizofrénico, en cambio, puede obedecer a voces que le ordenen matar”. En todo caso, advirtió Monchablón, “no se puede anticipar si esta persona resultará o no imputable. Esto dependerá de las pericias, que requieren varias entrevistas psiquiátricas, psicodiagnóstico y eventualmente neuroimágenes. El juez deberá decidir sobre la base de por lo menos tres pericias: la oficial y las de las partes”.

Según Esther Romano –docente autorizada de psiquiatría forense en la UBA y psicoanalista didacta en la APA–, “en el caso de Cabildo, el asesino parece haber intentado atacar directamente al cuerpo social, quebrar el lazo social; su objetivo sería desintegrativo: sembrar el pánico. En esto se diferencia del asesino serial, que elige a sus víctimas en función de determinados rasgos particulares: sean prostitutas, sean niños, sean homosexuales. Tanto en el asesino serial como en el del que atacaría al cuerpo social, hay una posición de venganza –agregó Romano–: son personas que han sufrido situaciones profundamente traumáticas que han dejado en ellas una profunda desolación interna. Ellos matan en momentos críticos en que están al borde del derrumbe, de la desintegración psíquica; entonces, el mecanismo es que esto le pase al otro”.

“Recuerdo un violador –ejemplificó Esther Romano– que me contaba: ‘Mi cabeza está partida en dos pedazos separados’. Era realmente lo que él vivenciaba. Es peor que la idea de morir: es más que una fantasía aterrorizante; es una catástrofe psíquica, es una bomba que explota pero él mismo es la bomba; cuando la vivencia resulta imposible de tolerar, se busca el alivio mediante una descarga directa: el ataque.”

Una persona cuyos actos están sometidos a tales apremios, ¿sigue siendo imputable? Romano contesta que sí: “Porque estas personalidades no llegan a un nivel de alteración del yo como para perder noción de lo que hacen. Y esto se advierte en que hay preparación del acto criminal: pueden planificarlo y, después de cometido, cuidarse de no ser apresados, escapar, esconderse. Hay plena conciencia de lo que hacían; por supuesto, con la salvedad de que, después de Freud, ningún ser humano es dueño de sí. Pero todo lo que podamos entender de una persona en función de su historia, de sus experiencias, explica pero no libera de la responsabilidad personal”.

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Según las pericias previas, Martín Ríos se ubica en tiempo y espacio, por lo que podría declarar.
 
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