SOCIEDAD › PUNTOS CENTRALES DE LA SENTENCIA DE LA CORTE

Lo que se debe hacer y en qué tiempos

 Por Irina Hauser

El fallo de la Corte Suprema exige una lista de acciones y fija plazos precisos que deberán cumplir los gobiernos nacional, porteño y bonaerense a través de la Autoridad de Cuenca. Los incumplimientos acarrean multas.

- Información pública: en 30 días deberá estar listo “un sistema de información pública digital vía Internet para el público en general que, de modo concentrado, claro y accesible contenga todos los datos, informes, listado, cronogramas y costos actualizados”, que incluso ya pidió la Corte en agosto del año pasado. Cada tres meses se deberá dar a conocer también el estado del agua, las napas subterráneas y la calidad del aire.

- Contaminación industrial: en la Corte creen que pese al cierre y relocalización de algunas fábricas (que la Secretaría de Ambiente estima en cien) todavía no está claro qué industrias arrojan residuos contaminantes y cuáles no. El tribunal fija 30 días para inspeccionar a todas las empresas de la cuenca (que son unas 3000) e identificar a las que dañan; 30 días a partir de entonces para que esas firmas –previamente informadas sobre líneas de crédito– presenten un plan de tratamiento de residuos, a ser aprobado por la Autoridad dentro de los dos meses; para las empresas que no cumplan la sanción podrá ser incluso la clausura. El Proyecto de reconversión industrial y relocalización de empresas del Polo Petroquímico Dock Sud deberá ser presentado públicamente, igual que el desarrollo del programa de urbanización de villas y asentamientos.

- Saneamiento de basurales: la Autoridad tiene seis meses para “impedir que se sigan volcando residuos en los basurales –legales o clandestinos– que serán cerrados” y para aplacar las medidas de “prevención de formación de nuevos basurales a cielo abierto”. En un año deberán estar erradicados “todos los basurales ilegales”.

- Limpieza de márgenes del río: la Corte exige que se informe en forma pública “la finalización de la etapa de desratización, limpieza y desmalezado” de acuerdo con el plan oficial y el “avance de las obras para transformar la ribera en un área parquizada”. Se deberán dar a conocer los plazos y presupuestos implicados.

- Red de agua potable, desagües pluviales y saneamiento cloacal: como para estos tres items existen planes en marcha, lo que reclama la Corte es que la Autoridad informe públicamente sobre la evolución de cada obra. En los tres casos, pone énfasis en que se dé a conocer “de modo detallado y fundado” el estado de los trabajos que debían terminar en 2007, los que están en ejecución y el inicio de los que fueron previstos para el período 2008-2015. Como una parte importante de la contaminación es de origen cloacal, la Corte puso “particular énfasis” en que las obras que ya deberían estar terminadas y las previstas para la construcción de la planta depuradora de Berazategui y otra prevista en Capital.

- Plan Sanitario de Emergencia: en base a un informe muy crítico que elaboraron las facultades de Medicina y de Farmacia y Bioquímica de la UBA, la Corte alerta sobre la falta de información y medidas sanitarias en la cuenca Matanza-Riachuelo. Por eso, establece 90 días para que la Autoridad de Cuenca realice un mapa que refleje los factores ambientales de riesgo, la población vulnerable y los trastornos de salud existentes. Le indica “elaborar un diagnóstico” que permita “discriminar patologías producidas por la contaminación del aire, suelo y agua” y un “sistema de seguimiento de los casos detectados”. Una vez recopilada esa información, tendrá 60 días para elaborar y ejecutar un programa sanitario, para atender a los pobladores. Deberá existir una base de datos de acceso público sobre las enfermedades registradas y medidas claras de “vigilancia epidemiológica”.

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