SOCIEDAD

Píldora y absolución

La Justicia rionegrina absolvió a una adolescente de la comuna de El Bolsón que se practicó un aborto con una píldora y debió recurrir al hospital del pueblo al necesitar atención médica.

La absolución fue dictada por el juez Martín Lozada, quien citó “razones humanitarias y de respeto a la libertad individual”, para hacer valer la “autoincriminación” de la chica como elemento jurídico en su contra.

En el fallo, el juez indicó que la adolescente tomó la píldora abortiva y luego concurrió en mal estado al hospital, donde informó lo que había hecho para recibir atención médica. La médica que la atendió concurrió a la Comisaría 12ª de El Bolsón a denunciar a la joven, lo que dio inicio a una acción judicial.

El juez dijo que la adolescente fue al hospital “a pedir ayuda ginecológica, en virtud de la necesidad de contar con cuidados médicos indispensables que le permitieran preservar su salud”, momento en el que “se autoincriminó y dio noticias de un hecho reprimido por la ley”. Lozada consideró que “no es posible exigir a la mujer que ha consentido que un tercero le causare un aborto, o que se lo ha autoinfligido, y como resultado de la maniobra ve gravemente perjudicada su salud, que arriesgue su propia vida por falta de atención médica a cambio del silencio del hecho”.

“Debería optar entre su vida y un proceso penal sustanciado en su contra, elección que el hombre común no está llamado a efectuar sin violentar el artículo 18 de la Constitución nacional”, agregó.

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