17:16 › LEY DE MEDIOS

Camaristas confirmados para el caso Clarín

La Sala I de la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial Federal, con una formación mixta con jueces de otro fuero, rechazó el apartamiento de los camaristas Guillermo Antelo y Ricardo Guarinoni. Junto a la jueza María Susana Najurieta deberán expedirse sobre las restantes excusaciones y recusaciones en el marco de la causa iniciada por el Grupo Clarín contra la cláusula de desinversión de la Ley de Medios.

La Sala I es la que tiene a su cargo el caso Clarín, y la que recibió hace un tiempo el pedido de extensión de la medida cautelar. Diez días atrás el Grupo Clarín le pidió a la Corte Suprema que extienda la medida cautelar a su favor más allá del 7D, al tiempo que denunciaba “privación de justicia” con el argumento de que eso mismo le había requerido a la Cámara, que no había podido fallar porque algunos de sus miembros fueron recusados por el Gobierno.

La Corte rechazó el pedido del multimedios por “inadmisible” ya que –señalaba– previamente debería pasar por la Cámara, a la que a la vez le indicaba que resolviera sus problemas de integración que le impedían avanzar.

Según el Centro de Información Judicial, los jueces contenciosos Marcelo Duffy y Jorge Eduardo Morán y la jueza de María Susana Najurieta (en disidencia parcial) rechazaron las recusaciones y excusaciones de los camaristas Guillermo Antelo y Ricardo Guarinoni.

Ahora, la Sala I, con su nueva integración, deberá resolver las recusaciones planteadas por el Gobierno contra los camaristas Ricardo Recondo y Graciela Medina. Si los jueces Antelo, Guarinoni y Najurieta rechazaran las recusaciones contra Recondo y Medina, automáticamente estos dos volverían al tribunal.

La Sala deberá luego resolver otra recusación: la planteada por el Gobierno contra el camarista Francisco de las Carreras, a quien se le atribuye haber viajado a Miami invitado por el Grupo Clarín. Sólo después de ese trámite, el Tribunal estará en condición de resolver la prórroga o no de la medida cautelar contra los artículos 45 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

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