EL PAíS

Cinco años después

 Por Horacio Verbitsky

Desde que el mecanismo criminal que ahora expone Servini fue descripto por primera vez en esta columna (http://www.pagina12.com.ar/diario/elpais/1-123487-2009-04-19.html) pasaron dos años hasta que Granero fue expulsado de la Sedronar y cinco hasta su procesamiento junto con los demás responsables y su relevo de otros cargos oficiales: Granero era director de ENARSA y Abboud continuó en un cargo menor en Seguridad, cuando las tareas represivas pasaron a ese ministerio y la Sedronar se concentró en las de prevención y asistencia, bajo la dirección del cura Juan Carlos Molina, un hombre de extrema confianza personal de la presidente y de su cuñada Alicia Kirchner. Aquella nota, en la que también se analizaba la relación del diputado nacional Francisco De Narváez con uno de los entonces procesados por el tráfico de efedrina, Mario Roberto Segovia, transcribía las comprobaciones de tres causas judiciales que ya entonces comprometían a Granero.

Una fue instruida por el juez en lo penal económico Marcelo Aguinsky. Al procesar a Segovia por el contrabando de 525 kilos de efedrina, que se dirigían a México escondidos en doce toneladas de azúcar, Aguinsky dijo que “la Sedronar ignora el destino dado a la efedrina adquirida por Segovia, cuando de acuerdo a lo establecido por la ley, resulta obligatorio para los operadores de la sustancia brindar un informe trimestral sobre los movimientos de dichas partidas”. La Argentina es uno de los tres únicos países de la región en los que se producen los denominados precursores químicos y uno de los diez mayores del mundo, donde compite de igual a igual con Estados Unidos por el mercado chino. Segovia consiguió en 24 horas, por vía telefónica y con una compañía que declaró dedicarse al negocio de las golosinas, la inscripción en el registro de la Sedronar, cuya autorización era imprescindible para comercializar esos productos, dentro o fuera del país.

Los otros expedientes judiciales mencionados en aquella columna de abril de 2009 dieron origen a la causa que hoy lleva Servini: dos diferentes cámaras federales sin relación entre ellas ordenaron que se investigara al jefe de la Sedronar. En la causa “Ascona” los jueces de la Sala I de la Cámara Federal porteña Jorge Ballestero y Eduardo Farah dispusieron denunciar a sus responsables por las 2fallas notorias en los procedimientos de control”. El procesado en esa causa, Guillermo Raúl Ascona, obtuvo su inscripción presentando una fotocopia de su DNI, y la Secretaría ni siquiera constató si sus domicilios declarados eran reales, hasta que se comprobó que actuaba como prestanombre de poderosos empresarios farmacéuticos. “El carácter endeble de los controles” también se refleja en que se otorgaron los certificados de importación sin averiguar “cuáles eran las empresas que adquirirían la efedrina”. Según los jueces, los responsables de la Sedronar incurrieron en “responsabilidad penal”. En un voto propio el camarista Eduardo Freiler agregó que no es la justicia sino “la instancia administrativa la que debe arbitrar mecanismos efectivos de control que antes de la comisión de un delito den respuesta a la inquietud social” y no flexibilizar “las funciones de fiscalización que le son propias” (Ascona fue luego condenado a cuatro años de cárcel por el TOF 4 de la Capital).

En la simultánea causa “Poggi”, los camaristas de San Martín Daniel Mario Rudi y Alberto Daniel Criscuolo fueron aún más directos: sostuvieron que Granero “a primera vista no habría cumplido con el ejercicio del poder de policía” que le asignó la ley, por lo cual ordenaron que se lo indagara como partícipe en los delitos investigados: guarda de materias primas para la producción o fabricación de estupefacientes, producción, fabricación, extracción o preparación de estupefacientes, comercio de estupefacientes y de materias primas para su producción y fabricación, agravado por la participación de tres o más personas organizadas. En una cuarta causa, el juez federal de Quilmes, Luis Armella, investigó a Granero por el hallazgo de más de siete kilos de cocaína en la puerta de una camioneta de la Sedronar, y procesó por ello al jefe de automotores y chofer de Granero, Carlos Oreiro, y a los choferes Fernando Salcito y Hernán Claudio Aboy. Granero dijo que la cocaína provenía de un procedimiento previo realizado en Santa Fe antes de que el vehículo fuera asignado por el juez de aquella causa a la Sedronar, pero según el análisis de laboratorio ni el tipo de producto ni su envase coincidían. Granero fue citado a declaración indagatoria pero Armella dejó pendiente su procesamiento.

En cuanto a De Narváez, el juez federal Federico Faggionatto Márquez lo llamó a indagatoria pero no llegó a escuchar su descargo, porque antes fue removido en juicio político, por causales que nada tienen que ver con la investigación por el tráfico de efedrina, en la que desde uno de los teléfonos del diputado del Peronismo Opositor se produjeron varias llamadas al principal detenido en la causa, Mario Segovia. El juez subrogante Adrián González Charvay anuló la citación, invocando una cuestión procesal y sin determinar que rol cumplió De Narváez. En su resolución dijo que no era admisible acusar en base a una prueba obtenida en forma ilícita. Mencionó en ese sentido un correo electrónico en el que De Narváez le anticipaba al periodista de La Nación Carlos Pagni, que recusaría a Faggionato. Según González Charvay esos correos que ingresaron a la causa en forma anónima podrían haber sido conseguidos en forma ilegal. Pagni está procesado por recibir correos electrónicos robados. De Narváez logró instalar la idea de que las acusaciones en su contra eran una maquinación del oficialismo para desacreditarlo. Ni la nulidad dictada por el subrogante ni las aberraciones procesales de Faggionato en que se basó, equivalen a una proclamación de la inocencia de De Narváez.

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