Viernes, 18 de abril de 2008 | Hoy
SOCIEDAD › DENUNCIAN A LOS GUARDIAS DEL PENAL, A SU DIRECTOR Y AL SPF POR UN TREMENDO CASTIGO CONTRA UN PRESO
La Procuración Penitenciaria denunció que un preso fue molido a palos por los guardias. Cuando lo trasladaban al hospital volvieron a pegarle. Le fracturaron la órbita de un ojo. El SPF culpa a los internos.
Por Carlos Rodríguez
La Justicia investiga una denuncia contra guardias de la Unidad 2 de Villa Devoto, que depende del Servicio Penitenciario Federal, por los delitos de “incumplimiento de los deberes de funcionario público, desobediencia, lesiones graves y apremios ilegales”. La presentación fue hecha por el procurador penitenciario Francisco Mugnolo, a partir de lo vivido por el detenido Alfredo Emiliano Fleitas, que el 26 de febrero pasado, cuando se encontraba en el pabellón 45 de la U-2, fue golpeado por los guardias –según la denuncia–, luego de que mantuviera una discusión con otros dos internos, que también resultaron lesionados. Fleitas, que luego de presentar un hábeas corpus fue trasladado para su seguridad a la Unidad 19 de Ezeiza, sufrió golpes “en piernas, brazos, cuerpo, en el cuero cabelludo, en su rostro y especialmente en el ojo izquierdo”. Fleitas fue asistido en dos hospitales y fue operado para evitar que perdiera la visión del ojo lesionado.
En la causa penal fue señalado, como responsable indirecto de lo ocurrido, el actual director de la Unidad 2, prefecto Héctor Antonio Rojas, que al declarar en el hábeas corpus aseguró que las lesiones que sufrió Fleitas fueron resultado de una pelea que supuestamente mantuvo con otros dos internos, Mario Alincastro y José Medina. Fleitas lo desmintió
ante el juez que intervino en el hábeas corpus, Marcelo Conlazo Zavalía, que hizo lugar al recurso de amparo en favor del detenido y que remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción en lo Criminal 30, a cargo de Ignacio Belderrain, para que se investiguen las responsabilidades penales que correspondan por las graves lesiones que sufrió Fleitas.
El juez Conlazo Zavalía, al hacer lugar al hábeas corpus, sostuvo que “no existe discusión sobre la viabilidad de la acción” presentada en favor del detenido, a la vez que aclaró que las conductas que puedan ser sancionadas penalmente deben ser analizadas por otro juzgado. Conlazo Zavalía planteó dudas sobre la versión oficial de que fue una pelea entre presos, sobre todo teniendo en cuenta que Fleitas estaba gozando de salidas transitorias y tenía muy buena conducta, de acuerdo con los propios informes del Servicio Penitenciario Federal (SPF).
Conlazo Zavalía, luego de aclarar que “la eventual conducta dolosa imputable a personal penitenciario” no es materia de la “restringida vía del hábeas corpus”, apuntó de todos modos que le llamaba “poderosamente la atención (...) que un interno (Fleitas) con la calificación de conducta 10 y concepto 7, con salidas transitorias (...) y alojado en un pabellón de conducta (destinado a presos con buena conducta), puede mantener con otros internos una disputa con las dimensiones alcanzadas y que le provocaran las lesiones graves” que sufrió.
Al mismo tiempo, Conlazo Zavalía aseguró que “tampoco resulta aceptable la falta de previsión y cuidado, tanto en la salvaguarda de la integridad física del interno como en la oportuna y eficiente asistencia médica integral que debía deparársele (a Fleitas) de manera urgente”. Al principio, sólo lo asistieron con calmantes y antiinflamatorios en el hospital del penal. Sobre ese punto, el magistrado resaltó que la asistencia médica brindada por el SPF “no ha sido eficiente” cuando ocurrió el episodio, el 26 de febrero pasado, y que recién comenzó a recibir “la atención médica adecuada y efectiva” a partir de la tramitación del hábeas corpus.
Desde el 5 de marzo pasado y hasta fines de ese mes, Fleitas estuvo internado en el hospital Ramos Mejía, en la sección Cirugía Plástica. El 27 de marzo fue llevado al Hospital Santa Lucía, donde lo operaron de la afección en el ojo izquierdo. El médico de guardia del Ramos Mejía, de apellido Ferreres, dictaminó que el paciente “presentaba fractura de órbita en ojo y fractura de maxilar”. El problema en la boca le impedía hablar y tampoco estaba en condiciones de comer.
En su denuncia ante el juzgado que investiga las responsabilidades penales, el procurador Mugnolo aseguró que Fleitas sólo discutió con los otros dos internos y responsabilizó a la guardia del SPF por las lesiones sufridas por los tres detenidos. Fleitas, según el escrito, fue llevado del pabellón al hospital del penal y en el trayecto fue “totalmente golpeado por el servicio de requisa”, que luego lo llevó al Hospital Vélez Sarsfield por su “estado crítico de salud”. Más tarde lo trasladaron al Hospital Piñero para hacerle una tomografía computada, para luego dejarlo en el servicio médico del penal. Recién pudo recibir atención adecuada en el Ramos Mejía, donde lo internaron por orden de la Justicia.
Mugnolo aseguró que lo vivido por Fleitas es algo habitual en las cárceles del SPF. El procurador subrayó que “las severidades, los vejamientos y apremios” contra los presos ocurren “en forma sistemática, reiterada” al punto que “forma una costumbre entre los guardiacárceles” que actúan “vulnerando derechos humanos y garantías constitucionales”. Sobre el caso Fleitas, sostuvo que los responsables son “los funcionarios públicos que guardan presos” en forma “directa (celadores o custodios de guardia armada) o indirecta (alcalde, jefes o directores)” que son los que tienen “a la persona de la víctima a su disposición, de modo que pueden imponerle el tratamiento mortificante u ordenar que se lo impongan”.
Sobre el director de la U-2 de Devoto, prefecto Héctor Antonio Rojas, dijo que “nada hizo” respecto de los hechos de violencia contra Fleitas. “Siendo que tomó conocimiento de lo ocurrido, no realizó sobre el personal de requisa afectado ninguna medida administrativa, poniendo en evidencia su connivencia o en su defecto su incumplimiento funcional”, expresó Mugnolo en su presentación en la Justicia.
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