Viernes, 30 de enero de 2009 | Hoy
Un ciudadano que no pudo viajar a México por una supuesta “interdicción de salida del país” que había perdido vigencia 20 años antes deberá ser indemnizado con alrededor de 20.000 pesos. Así lo resolvió la Cámara en lo Contencioso Administrativo, que condenó a la Dirección Nacional de Migraciones a abonar esa suma a un hombre en concepto de “daño material” y por el perjuicio moral que le provocó el episodio. El hecho tiene su origen el 17 de febrero de 2005, cuando “al llegar el momento del embarque” al pasajero se le impidió ascender a la aeronave por poseer un impedimento para abandonar el país, pero luego se comprobó que el juzgado interviniente lo había levantado, sin haber modificado los registros.
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