Viernes, 21 de agosto de 2009 | Hoy
UNIVERSIDAD › EL SENADO CONVIRTIO EN LEY LA JUBILACION ESPECIAL PARA PROFESORES
Unos 120 mil docentes universitarios con dedicaciones simples y semiexclusivas recuperan el régimen previsional del 82 por ciento, que había sido derogado en los ’90. Los senadores lo aprobaron por unanimidad.
Por Julián Bruschtein
Y un día se aprobó la ley de jubilación especial para los docentes universitarios. Después de casi dos años de trajinar por las cámaras legislativas, el sistema previsional que dará a 120 mil profesores la posibilidad de acceder al 82 por ciento móvil como haber jubilatorio fue aprobado ayer por unanimidad en el Senado. La recuperación de un derecho derogado en los ’90 por Domingo Cavallo fue celebrada por los gremios docentes y por el Ministerio de Educación. Aún resta la reglamentación de la norma, donde los gremios aspiran a que se incluya la forma en que los docentes jubilados por el sistema ordinario podrán acceder al nuevo beneficio.
El tratamiento del proyecto fue rápido y sin intervenciones de parte de los legisladores. Con el apoyo de los 56 senadores de la cámara se aprobó por unanimidad el sistema especial de jubilaciones para los docentes universitarios. El senador Daniel Filmus (FpV), quien había presentado el proyecto, señaló que el propósito es “responder a una reivindicación histórica: valorar algo de lo mejor que tenemos en la Argentina, que es el trabajo de los maestros y profesores, en este caso en particular de los docentes universitarios”. La aprobación sin debate había sido acordada el miércoles, cuando las comisiones emitieron el despacho favorable mientras Filmus y el radical Gerardo Morales se encargaban de conseguir el consenso mayoritario.
De los aproximadamente 140 mil docentes que existen en el sistema universitario nacional, al menos 120 mil tienen dedicaciones simples y semiexclusivas: ellos se verán beneficiados con la nueva norma. Los profesores con dedicaciones exclusivas ya estaban contemplados en el régimen especial para investigadores científicos, que otorga un haber del 85 por ciento.
El principal derecho que adquieren los docentes con simples y semis es el acceso a una jubilación del 82 por ciento móvil, es decir vinculada con los aumentos que reciban los docentes en actividad. Al alcanzar la edad de 60 años las mujeres y de 65 los varones estarán en condiciones de jubilarse, aunque la ley permite la opción de permanecer activos hasta los 70. El haber jubilatorio no podrá ser inferior al 82 por ciento del salario percibido durante los últimos 60 meses de carrera.
Además, la ley incluye la posibilidad de sumar un 2,73 por ciento por simultaneidad para quienes desempeñan más de un cargo. Otros beneficios que no figuraban en ningún otro régimen son el de los derechohabientes a recibir una pensión en caso de fallecimiento y el de invalidez, cuando posea un índice de discapacidad que supere el 66 por ciento de aptitud psicofísica.
Con gran júbilo recibieron la noticia los gremios del sector, que presenciaron la sesión tras participar activamente en los debates previos. “Es muy importante haber conseguido la ley con el voto unánime de las dos cámaras. Muestra el nivel de consenso que había alrededor de esta discriminación”, señaló el secretario general de Fedun, Daniel Ricci. El dirigente de Conadu Pedro Sanllorenti expresó que “ahora hay que trabajar sobre la reglamentación de la ley”. Para Sergio Zaninelli, de Conadu Histórica, “la movilización de los docentes fue el principal motor para que esta ley salga”.
El ministro de Educación, Alberto Sileoni, señaló que era “una ley esperada y acordada por todos los sectores”. Y la senadora Blanca Osuna (FpV), titular de la Comisión de Educación, afirmó que la norma “pone en valor y dignifica la labor docente y significa un estímulo para los profesores”.
La génesis del proyecto data de 2007, cuando el senador Filmus, ex ministro de Educación, presentó el proyecto de ley. Los gremios del sector exigían que se terminara con la desigualdad que afectaba a la mayoría de los docentes, ya que los profesores investigadores eran alcanzados por un régimen especial y los maestros, por otro. El proyecto de Filmus había obtenido rápidamente media sanción en el Senado, pero luego se demoró su tratamiento en Diputados. Cuando lo tomaron, las comisiones de Educación, Trabajo y Presupuesto introdujeron modificaciones al proyecto original, por eso debió volver a la Cámara alta. El resultado fue una espera de cerca de un año y medio.
El foco apunta ahora a los docentes que ya se jubilaron por el sistema ordinario. “Habrá que establecer dentro de la reglamentación de la ley cómo se instrumentará el acceso de los que ya están jubilados”, dijo Sanllorenti. Cuando se rehabilitaron los sistemas de jubilación especial para maestros e investigadores, se implementó “un empadronamiento a través de dos decretos. Debería suceder lo mismo con esta nueva ley”, indicó Zaninelli.
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