Viernes, 13 de noviembre de 2015 | Hoy
EL PAíS › LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA BENEFICIO AL GRUPO CLARIN
El máximo tribunal avaló, en una resolución de sólo seis renglones, la continuidad de una medida cautelar que la exime de adecuarse a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. El titular de la Afsca, Martín Sabbatella, cuestionó la decisión.
Por Irina Hauser
La (mini) Corte Suprema está desatada. Con un timing espectacular el martes último, es decir, el mismo día que decidió obligar a YPF a revelar todo el acuerdo con Chevron para la explotación petrolera en Vaca Muerta, resolvió también beneficiar al Grupo Clarín con la continuidad de una medida cautelar que la exime de adecuarse a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (Ldsca). La apelación del Estado nacional y de la Autoridad Federal (Afsca) llevaba siete meses y medio guardada en un cajón supremo. Después de todo ese tiempo, dictó un fallo de seis renglones, que rechaza el recurso con el argumento de que “no se dirige contra una sentencia definitiva”. En resumidas cuentas: otra vez sopa. La Corte le dio oxígeno al grupo empresario durante cuatro años, renovándole medidas cautelares, luego firmó el fallo declarando la validez constitucional de la ley pero ahora impide aplicarla.
“La lectura que hago de esta decisión de la Corte es que existe un tinte electoral. Con este fallo se demuestra que el Poder Judicial está colonizado por los intereses concentrados de las grandes corporaciones como Clarín”, advirtió Martín Sabbatella, titular de la Afsca. “Avergüenza ver cómo una parte del Poder Judicial una vez más le facilita al Grupo Clarín seguir al margen de la ley, excediendo el número de licencias permitidas y dominando el mercado de medios”, sostuvo. Detalló que “no sólo no se adecuó a la Ldsca sino que entre otras tantas ilegalidades, sigue aumentando la cantidad de abonados de Cablevisión, a pesar de que la misma empresa, el juez Horacio Alfonso y hasta la Corte Suprema reconocieron que excede la cuota del mercado permitida por la ley”.
El camino judicial hasta que la Corte Suprema avaló la ley de medios, cuando todavía tenía siete integrantes, empezó en 2009 y terminó el 29 de octubre de 2013. En el medio, hubo prolongaciones y multiplicaciones de medidas cautelares que fueron manteniendo al Grupo Clarín al margen de la Ldsca. Los propios supremos le dieron prórrogas a repetición, aunque hablaron de “plazo razonable” y luego pusieron como primera fecha el célebre 7D. En todo el proceso fue clave, por otro carril, el papel de la Cámara en lo Civil y Comercial, que no sólo concedió postergaciones sino que declaró la inconstitucionalidad de la ley con el clásico argumento, entre otros, de que atacaba el patrimonio constituido y el derecho de propiedad del holding. Pero una vez que la Corte, con la sola disidencia total de Carlos Fayt, respaldó la norma, tarde o temprano el grupo iba a tener que concretar su adecuación, o al menos presentar el plan de adecuación. Lo hizo, el problema fue cómo.
Cuando la Afsca se puso a analizar la propuesta, encontró dos tipos de “maniobras” que implicaban el incumplimiento de la ley, según evaluó. Por un lado, fueron detectados vínculos societarios y comerciales entre los administradores y los miembros de las unidades 1 y 2 (de las seis en que el grupo propuso dividirse). Eso hacía que los principales socios mantuvieran un gerenciamiento conjunto y se detectaron vínculos a través de sociedades en Argentina, Panamá, Estados Unidos y Nueva Zelanda. La segunda “maniobra” señalada consistía en condicionamientos a los compradores de las otras cuatro unidades que tornaban la venta en “ficticia”. Por ejemplo, a través de cláusulas que prohíben al comprador vender o transferir acciones por seis, siete u ocho años; otra que establecía que Clarín será el único que podrá readquirir los servicios vendidos; otra que estipulaba exclusividad para el suministro de contenidos a las señales televisivas vendidas, entre algunos ejemplos.
A partir de esta situación, al final la Afsca ordenó la adecuación de oficio y Clarín, otra vez, consiguió medidas cautelares a su favor para seguir esquivando la ley. El juez Alfonso le dio el primer respiro hasta junio último con el aval de la Sala de la Cámara que siempre benefició a la empresa, que integran los jueces Francisco de las Carreras, Susana Najurieta y Ricardo Guarinoni. Después se le volvió a dar una prórroga hasta el 16 de enero. Así fue como el tema llegó a la Corte, otra vez, con los planteos del Estado y la Afsca a comienzos de abril. Desde entonces los jueces estaban en condiciones de resolver la cuestión. La decisión que sostiene el efecto de la medida cautelar fue tomada el martes pero el Centro de Información Judicial (CIJ) de la Corte no la publicitó. Según tuiteó la vocera suprema, María Bourdin, el tribunal le restó importancia porque se basaba en la vieja cautelar que vencía en junio. Lo extraño es que el fallo no dice que es una cuestión abstracta porque ya venció, sino que se rechaza el recurso porque no está dirigido contra una sentencia definitiva, que no es lo mismo. Los expertos en el tema sostienen que el trámite de la cautelar es uno solo.
Lo que es evidente es que la Corte está firmando ciertos fallos sobre temas de gran impacto político antes de que se haga efectiva la renuncia de Fayt con el cambio de Gobierno, el 11 de diciembre. Tanto en el fallo sobre la adecuación de Clarín como el que obliga a YPF a mostrar el contrato con Chevron la firma de Fayt fue imprescindible porque Elena Highton de Nolasco no firmó. Son sentencias “mínimas”, con las firmas de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Fayt. En la línea de estas decisiones alineadas con la oposición política, la Corte armó su comisión de lucha contra el narcotráfico y, antes, declaró la inconstitucionalidad de la ley de subrogancias, basada en un proyecto del oficialismo. El próximo escalón como para ponerle la frutilla al postre podría ser, según vaticinan en tribunales, un fallo contra el llamado cepo cambiario.
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