Viernes, 10 de junio de 2016 | Hoy
SOCIEDAD › LA CORTE SALTEÑA PIDIO JUICIO POLITICO AL JUEZ Y AL FISCAL DEL CASO DE LA NIÑA WICHI
El juez Abel Cornejo, de la Corte de Justicia de Salta, pidió el jury contra el juez Fernando Astigueta y el fiscal Jorge Cazón, por mal desempeño, retardo de justicia e incumplimiento de sus deberes, por la múltiple violación de la niña wichí.
Por Horacio Cecchi
El juez de Garantías 2 de Tartagal, Fernando Mariscal Astigueta, y el fiscal del mismo distrito, Jorge Armando Cazón, fueron motivo de un pedido de jury por mal desempeño, retardo de justicia y falta de cumplimiento de los deberes a su cargo. El pedido lo presentó el juez de la Corte salteña Abel Cornejo, por la actuación de ambos en la investigación sobre la niña wichi violada por ocho criollos en el poblado Alto de la Sierra en noviembre pasado. “Casi siete meses más tarde de la comisión del hecho aberrante por una banda de inadaptados, todavía ni el juez ni el fiscal cuentan con pruebas de material genético para inculpar a los responsables”, sostuvo Cornejo en su escrito acusador.
La actuación de ambos tiene sus bemoles. Entre ellos, Astigueta había liberado a los acusados a los tres meses, sin obtener pruebas de ADN, en un poblado a 10 kilómetros de la frontera provincial y muy cerca de la internacional. Por Cazón, Cornejo pidió la intervención de la Procuración provincial. Cazón se había mostrado interesado en subrayar que los acusados no serían los padres del bebé fallecido después de la cesárea, sin aguardar las pruebas de ADN, porque había sostenido que la niña había quedado embarazada un mes antes.
En su presentación, Cornejo sostuvo que “la pena mínima que le corresponde a un hecho aberrante de esas características es de ocho años con un máximo de veinte. Es decir que bajo ningún concepto corresponde que los supuestos responsables se encuentren en libertad”.
El juez de la Corte describió el ataque sufrido por la niña “y probablemente como consecuencia de los abusos múltiples habría quedado embarazada. No obstante, que el Sr. Fiscal puso en crisis que esto último pueda inferirse, dado que especuló que el embarazo podría ser anterior”. Cornejo continuó: “En todo caso (...) tal circunstancia incluso agravaría el execrable injusto al que fue sometida en total indefensión”.
En el pedido de jury contra Astigueta además sostuvo que “el juez invocando jurisprudencia que nada tiene que ver con el asunto que se trata, recién a partir del 3 de junio del corriente, comenzó a movilizar de manera paquidérmica y con preocupante incuria la maquinaria judicial. Por cierto que nada se sabe si los presuntos culpables pueden ser hallados a la fecha, si se dieron a la fuga o si acaso adulteraron las pruebas que podrían incriminarlos en el hecho atroz”.
Continuó describiendo la actuación de Cazón: “Recién a partir del 7 de junio, el fiscal sobreactuando toda su negligencia anterior le requiere al Centro de Investigaciones Fiscales que se realice el estudio para establecer la paternidad de la criatura que había sido concebida como fruto del abuso gravemente ultrajante, especulando que podría haber estado embarazada con anterioridad, como si dicha circunstancia atenuara el gravísimo hecho que no se investigó temporáneamente”.
Y agregó: “Mientras tanto, sucedieron varios episodios, todos los cuales repercutieron de manera nefasta en la salud psíquica y física de la víctima. Primero, no pudo constatarse cuándo ni cómo ni quién atendió a la niña wichi y junto con ello se trabó una polémica donde lo único cierto es la inanidad de todo el sistema de protección a una víctima de abuso gravemente ultrajante (...). A continuación, debe recordarse que un embarazo en plena gestación puede interrumpirse como máximo hasta la doceava semana, pues más allá trae inexorables consecuencias sobre la salud de la madre”, añade Cornejo.
“Reproches recíprocos entre autoridades del hospital –continuó Cornejo– comenzaron a surgir en pos de deslindarse la responsabilidad en el asunto, circunstancia que tampoco parece haber conmovido la paupérrima actuación del juez y del fiscal. Es decir que las medidas judiciales tomadas durante el procedimiento penal no fueron oportunas, ni eficaces, ni conducentes para el esclarecimiento del hecho. Todo lo contrario”.
El juez de la Corte pidió al Jurado de Enjuiciamiento la producción de distintas pruebas enmarcadas en la causa de la niña. Sostuvo que “si hubiera existido interés real en conocer la verdad de los sucedido, se debería haber enviado de inmediato un médico con la debida asistencia hacia el lugar que dista a diez kilómetros de la frontera y que se conoce que carece de medios básicos, circunstancia que tampoco ocurrió”.
De hecho, Cazón tiene en su hipótesis investigar al médico y al bioquímico que confirmaron la violación antes que el forense, quien a kilómetros del lugar, pidió que le enviaran fotos de la vagina de la niña por Whatsapp.
También cuestionó el maltrato provocado por la divulgación del nombre de la niña –entre otros, el director del Inadi local, Alvaro Ulloa, la citó en una carta pública–. Y solicitó se citara a declarar a la comisión de Diputados que investigó e informó sobre el caso a fin de mayo, a todos los funcionarios que intervinieron o deberían haberlo hecho, y al padre de la niña y al cacique wichi, Arsenio Pérez.
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